BORROTO & CESAR PLLC
PRGUNTAS FREQUENTES
FAQ
PRGUNTAS FREQUENTES
La diferencia entre el asilo afirmativo y el asilo defensivo radica en el momento y la forma en que se solicita:
Asilo Afirmativo: Se presenta voluntariamente ante USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU.) si la persona no se encuentra en un proceso de deportación. Es una solicitud que se realiza de manera proactiva y, en caso de negación, el caso puede pasar a la corte de inmigración.
Asilo Defensivo: Se solicita como una defensa en la corte de inmigración cuando una persona ya está en proceso de deportación. En este caso, el solicitante pide protección contra la deportación mediante el asilo, defendiendo su permanencia en el país.
Ambos tipos de asilo buscan proteger a quienes temen regresar a su país de origen debido a persecución, pero se diferencian en el contexto y el procedimiento en el que se presentan.
En circunstancias normales, las personas tienen hasta un año desde la fecha de entrada a los Estados Unidos para presentar su solicitud de asilo.
i su solicitud de asilo afirmativo es negada y usted no se encuentra en un proceso de deportación, generalmente no se tomará ninguna acción adicional en su contra. Sin embargo, si está en un proceso de deportación, su caso será revisado en la corte de inmigración, donde tendrá la oportunidad de defender su solicitud de asilo ante un juez. También puede explorar otras formas de alivio migratorio, según su situación individual. Es recomendable contar con la asistencia de un abogado de inmigración para aumentar sus posibilidades de éxito.
Sí, puede solicitar un permiso de trabajo (autorización de empleo) mientras su solicitud de asilo está pendiente, pero debe esperar 150 días desde la fecha de presentación de su solicitud de asilo (Formulario I-589) antes de poder solicitarlo. Después de presentar la solicitud de permiso de trabajo, USCIS tomará una decisión. Tener un abogado de inmigración puede ayudar a asegurar que todos los formularios y plazos sean cumplidos correctamente.
Para respaldar su solicitud de asilo, debe presentar pruebas que demuestren el riesgo de persecución en su país de origen. Esto puede incluir documentos oficiales, reportes de derechos humanos, testimonios de testigos, fotos, registros médicos o evidencia de amenazas. Cuanta más documentación y detalles pueda proporcionar, más sólida será su solicitud.
La elegibilidad para el TPS depende de si usted es nacional de un país designado para este programa debido a conflictos armados, desastres ambientales u otras condiciones extraordinarias. Debe haber residido continuamente en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país y cumplir con otros requisitos, como no tener ciertas condenas penales. Es importante revisar los criterios específicos para su país de origen y presentar su solicitud dentro del período designado.
Sí, si se le otorga el Estatus de Protección Temporal (TPS), también puede recibir una autorización de empleo que le permite trabajar legalmente en los Estados Unidos. Una vez aprobado para TPS, puede solicitar el permiso de trabajo (Formulario I-765), lo que le permite trabajar mientras su estatus de TPS esté vigente.
Para renovar su TPS, debe estar atento a los anuncios de renovación de TPS para su país de origen, ya que USCIS emite fechas específicas para cada país designado. Generalmente, tendrá que presentar el Formulario I-821 para renovar su TPS y el Formulario I-765 si desea continuar con su autorización de empleo. Es importante enviar su renovación dentro del período de inscripción designado para evitar interrupciones en su estatus y en su permiso de trabajo.
Sí, los beneficiarios de TPS pueden solicitar un permiso de viaje (Advance Parole) antes de salir de los Estados Unidos. Este permiso les permite regresar al país sin perder su estatus de TPS. Es importante obtener el Advance Parole antes de viajar, ya que salir del país sin él podría afectar su estatus y su capacidad para reingresar a los EE. UU.
No, el TPS es un estatus temporal y no conduce directamente a la residencia permanente (Green Card) ni a la ciudadanía. Sin embargo, si es elegible para otra vía de inmigración, como una petición familiar o laboral, puede solicitar un ajuste de estatus por separado. Es recomendable consultar con un abogado de inmigración para explorar opciones adicionales que puedan ayudarle a obtener un estatus permanente en los Estados Unidos.
Si está en proceso de deportación en la corte de inmigración, existen varias opciones de defensa, dependiendo de su situación. Algunas de las opciones incluyen solicitar asilo, cancelación de deportación, ajuste de estatus, perdones migratorios (waivers) y, en algunos casos, defensa basada en lazos familiares o razones humanitarias. Cada caso es único, por lo que es importante consultar con un abogado de inmigración para determinar la mejor estrategia para su defensa y maximizar sus posibilidades de permanecer en los Estados Unidos.
En ciertos casos, las personas en proceso de deportación pueden ser elegibles para un permiso de trabajo, especialmente si tienen una solicitud de asilo pendiente o cumplen con otros requisitos de elegibilidad. Sin embargo, es importante tener en cuenta que cualquier demora por parte del individuo, como aplazamientos en las audiencias o falta de presentación de documentos requeridos, puede resultar en la suspensión del “reloj” del permiso de trabajo (EAD clock). Esto puede llevar a tiempos de espera más largos para obtener el permiso de trabajo. Consulte con un abogado de inmigración para determinar si usted es elegible para trabajar legalmente mientras su caso está en proceso y para evitar retrasos innecesarios.
Si pierde su caso en la corte de inmigración, puede tener la opción de apelar la decisión. La apelación se presenta ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a la decisión del juez. Durante este proceso, es posible que pueda permanecer en los Estados Unidos mientras su apelación esté pendiente. Consultar con un abogado de inmigración es fundamental para evaluar las posibilidades de éxito en la apelación y determinar la mejor estrategia para su caso.
Si no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, el juez de inmigración puede emitir una orden de deportación en ausencia. Esto significa que puede ser deportado sin tener la oportunidad de presentar su caso. Además, faltar a una audiencia puede afectar negativamente su caso y limitar sus opciones futuras de alivio migratorio. Si tiene una razón válida para haber faltado, como una emergencia médica, puede presentar una moción para reabrir su caso, pero debe actuar rápidamente. Es importante contactar a un abogado de inmigración lo antes posible para evaluar sus opciones y tomar los pasos necesarios para resolver la situación.
En general, si está en proceso de deportación, salir de los Estados Unidos sin autorización puede resultar en una orden de deportación automática y afectar negativamente sus posibilidades de regresar en el futuro. Sin embargo, en algunos casos, puede solicitar un permiso especial de viaje llamado “Advance Parole” si reúne ciertos requisitos. Es fundamental consultar con un abogado de inmigración antes de hacer planes de viaje para evitar consecuencias legales y proteger sus derechos en el proceso migratorio.
La elegibilidad para el ajuste de estatus depende de varios factores, como su situación migratoria actual, su forma de entrada a los Estados Unidos, y si cumple con ciertos requisitos específicos. Generalmente, los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses y algunos beneficiarios de peticiones laborales son elegibles para ajustar su estatus sin tener que salir del país. Sin embargo, si ha estado en el país de manera no autorizada o tiene ciertos antecedentes, podría enfrentar complicaciones. Es recomendable consultar con un abogado de inmigración para revisar su caso y determinar si califica para el ajuste de estatus.
El tiempo que toma el proceso de ajuste de estatus puede variar según el tipo de caso, el centro de procesamiento de USCIS, y otros factores individuales. En general, el proceso puede tardar entre 8 y 14 meses o más. Factores como la necesidad de proporcionar documentos adicionales, someterse a una entrevista o el tiempo de procesamiento del permiso de trabajo y el permiso de viaje pueden influir en la duración total. Consultar con un abogado de inmigración puede ayudar a asegurar que se presenten todos los documentos necesarios correctamente y así evitar retrasos innecesarios.
Sí, puede solicitar un permiso de trabajo (Formulario I-765) mientras su solicitud de ajuste de estatus está en proceso. Este permiso le permitirá trabajar legalmente en los Estados Unidos mientras espera la decisión sobre su caso. Una vez aprobado, el permiso de trabajo es válido por un año y puede renovarse si su caso de ajuste aún está pendiente. Es importante presentar el Formulario I-765 junto con su solicitud de ajuste de estatus para agilizar el proceso y evitar interrupciones en su capacidad de trabajar.
No, el ajuste de estatus le permite obtener la residencia permanente (Green Card) sin tener que salir de los Estados Unidos. Este proceso es ideal para aquellos que ingresaron al país legalmente y cumplen con los requisitos de elegibilidad. Sin embargo, en algunos casos donde la persona no es elegible para ajuste de estatus, puede ser necesario realizar el proceso de inmigración a través de “procesamiento consular,” lo cual implica regresar a su país de origen para completar la solicitud de residencia. Es importante consultar con un abogado de inmigración para determinar cuál es la mejor opción para su situación específica.
En la mayoría de los casos, USCIS requiere que los solicitantes de ajuste de estatus asistan a una entrevista en persona como parte del proceso. Durante la entrevista, un oficial de inmigración revisará su caso, verificará la información proporcionada en su solicitud y le hará preguntas para confirmar la legitimidad de su solicitud, especialmente en casos de peticiones familiares o basadas en matrimonio. Es importante estar preparado y llevar toda la documentación requerida. Contar con el apoyo de un abogado de inmigración puede ayudarle a prepararse y aumentar sus posibilidades de éxito en la entrevista.
Un perdón migratorio es una exención que permite a personas que son inadmisibles a los Estados Unidos, debido a ciertas razones como presencia ilegal, fraude o antecedentes penales, solicitar permiso para ingresar o ajustar su estatus en el país. Personas que necesitan un perdón migratorio incluyen aquellos que han permanecido en los EE.UU. sin autorización o que han cometido ciertas violaciones de inmigración. Los perdones más comunes son el I-601 y el I-601A, que permiten a los solicitantes superar estas inadmisibilidades y continuar con su proceso de inmigración. Es fundamental consultar con un abogado de inmigración para determinar si usted es elegible y para recibir ayuda en el proceso de solicitud.
Debe presentar un perdón migratorio cuando se le considera inadmisible para ingresar o ajustar su estatus en los Estados Unidos debido a violaciones de inmigración, como presencia ilegal prolongada, fraude o ciertos antecedentes penales. El momento específico para presentar el perdón depende de su caso: por ejemplo, el Formulario I-601A (perdón provisional) se presenta antes de salir del país para el procesamiento consular, mientras que el Formulario I-601 se presenta generalmente después de que se haya determinado la inadmisibilidad. Es importante consultar con un abogado de inmigración para asegurarse de que el perdón se presente en el momento adecuado y de acuerdo con los requisitos específicos de su situación.
El tiempo de procesamiento de un perdón migratorio varía dependiendo del tipo de perdón y de la carga de trabajo de USCIS. En general, el Formulario I-601A (perdón provisional por presencia ilegal) puede tardar entre 6 y 12 meses en procesarse, mientras que el Formulario I-601 puede tardar varios meses o más, dependiendo de la complejidad del caso y la oficina de USCIS que lo gestione. Para obtener una estimación más actualizada, le recomendamos revisar los tiempos de procesamiento en el sitio web de USCIS, ya que estos pueden cambiar. Presentar su perdón con anticipación y consultar con un abogado de inmigración puede ayudarle a planificar mejor el proceso.
La exención 212 (Formulario I-212) permite a ciertas personas que han sido previamente deportadas o expulsadas de los Estados Unidos solicitar permiso para reingresar al país antes de que se cumpla el periodo de prohibición de reingreso. Esta exención es necesaria para aquellos que han sido deportados y desean regresar legalmente antes del plazo establecido (como 5, 10 o 20 años, dependiendo de la situación). Para solicitar la exención 212, generalmente debe demostrar razones humanitarias, de interés público o evidencia de que un pariente calificado en los Estados Unidos sufriría dificultades extremas si no se le permite regresar. Consultar con un abogado de inmigración es crucial para entender los requisitos específicos y aumentar las posibilidades de aprobación.
El perdón migratorio 601 y el perdón migratorio 601A son tipos de exenciones utilizados para superar ciertas inadmisibilidades, como la presencia ilegal en los Estados Unidos. La principal diferencia es cuándo y dónde se presenta cada uno. El perdón 601 se utiliza en el extranjero o dentro de los EE. UU. después de que se determina la inadmisibilidad, y generalmente se presenta después de la entrevista consular. El perdón 601A, conocido como “perdón provisional”, permite a los solicitantes solicitar el perdón antes de salir de los Estados Unidos para el procesamiento consular, lo cual reduce el tiempo de separación de sus familiares en EE. UU. Ambos perdones requieren demostrar que un pariente calificado sufriría dificultades extremas si el solicitante no obtiene la residencia. Es recomendable consultar con un abogado de inmigración para determinar cuál es el perdón adecuado para su situación y para obtener ayuda en el proceso de solicitud.
La visa de turismo B-1/B-2 permite una estadía máxima de hasta seis meses, aunque el tiempo exacto de estadía lo determina el oficial de inmigración en el puerto de entrada. Si necesita permanecer por más tiempo, puede solicitar una extensión de su visa antes de que expire su permiso actual.
Sí, puede solicitar una extensión de su visa de turismo presentando el Formulario I-539 ante USCIS antes de que expire su estatus actual. Debe demostrar una razón válida para la extensión y que cuenta con los medios económicos para mantenerse durante la estadía adicional. La decisión queda a discreción de USCIS.
No, la visa de turismo B-1/B-2 no permite trabajar en los Estados Unidos. Esta visa es exclusivamente para actividades turísticas, de recreación, o de negocios limitados, como asistir a reuniones. Trabajar en EE. UU. con una visa de turismo puede resultar en la cancelación de su visa y problemas futuros de inmigración.
Si permanece en los Estados Unidos después de que expire su visa de turismo sin haber solicitado una extensión, podría estar en estado de “presencia ilegal”. Esto puede afectar negativamente sus futuros intentos de regresar a los Estados Unidos y puede resultar en la prohibición de entrada por varios años. Es importante salir a tiempo o solicitar una extensión si necesita más tiempo.
Los tiempos de procesamiento para una extensión de visa de turismo pueden variar, pero generalmente toma varios meses. Es recomendable presentar su solicitud de extensión lo antes posible antes de que expire su estatus actual. Puede verificar los tiempos de procesamiento actuales en el sitio web de USCIS.
Sí, en algunos casos puede solicitar un cambio de estatus de visa mientras se encuentra en los Estados Unidos, como cambiar a una visa de estudiante (F-1) o una visa de trabajo (si es elegible). Debe presentar la solicitud antes de que expire su estatus de visa de turismo actual. Es importante consultar con un abogado de inmigración para evaluar su situación y asegurarse de cumplir con los requisitos.
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